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Informe de Evaluación de Edificios: fin de plazo para los inmuebles afectados en 2018 y nuevos edificios llamados a presentarlo en 2019

Informe de Evaluación de Edificios: fin de plazo para los inmuebles afectados en 2018 y nuevos edificios llamados a presentarlo en 2019

La legislación aprobada en España en 2011 que posteriormente fue modificada en 2012 y 2015 estableció que los edificios con más de 50 años de edad deben someterse a un chequeo que certifique su estado de salud. Este chequeo toma el nombre de IEE: Informe de Evaluación de Edificios.

El Informe de Evaluación de Edificios debe realizarlo un técnico independiente y cualificado que deberá comprobar que el edificio cumple con las condiciones mínimas exigibles en tres partes diferentes:

  • Estado de conservación: Se realiza una inspección del estado de elementos como la cimentación, estructura, fachadas, cubiertas y medianeras, así como de elementos particulares de la edificación.
  • Condiciones de accesibilidad: Se evalúan las condiciones funcionales del edificio. La dotación, características y señalización de los elementos accesibles si existen.
  • Certificación energética: Se evalúa el edificio en el aspecto de eficiencia energética, calificándolo con una letra de la A a la G, siendo la A la más positiva.

En 2018 fueron llamados a presentar el IEE todos los edificios que ya habían cumplido los 50 años de edad. Sólo en el Principado de Asturias unos cien mil edificios de viviendas rondan esta antigüedad. La fecha límite dependía de la normativa propia de cada comunidad autónoma. Sin embargo una primera estimación arroja que al menos un tercio de los edificios afectados no habían pasado la inspección a 31 de Diciembre de 2018.

Este 2019 otra oleada de inmuebles deben pasar la inspección. Concretamente en Gijón 374 bloques residenciales construidos en los años sesenta tienen el final del 2019 como fecha límite para presentar el informe. Adicionalmente otro millar ya entra en plazo para poder presentarlo durante los próximos años.

No presentar el IEE en tiempo y forma conlleva una sanción

Para poder superar el IEE con éxito debe obtenerse la calificación de favorable en los dos primeros apartados: Estado de conservación y condiciones de accesibilidad. El tercero sobre la Certificación Energética únicamente recibe una calificación no vinculante que no obliga al propietario a realizar mejoras.

No obstante en el caso de recibir una calificación desfavorable en el apartado de conservación o en el de accesibilidad deberá aparecer en el informe la descripción y localización de las deficiencias encontradas, un listado de las posibles causas, las medidas preventivas ejecutadas o a ejecutar de cara a garantizar la seguridad inmediata hasta la reparación definitiva y una descripción de las intervenciones a realizar para subsanar los defectos encontrados.

Además el evaluador fijará el plazo de tiempo máximo para realizar las intervenciones y volver a pasar la inspección. Si las obras no se realizasen en el tiempo indicado la autoridad competente podrá recurrir a una ejecución subsidiaria de los trabajos refacturando después el coste a la comunidad del edificio, además de la posible imposición de sanciones adicionales.

Las sanciones por irregularidades en torno a la tramitación del IEE dependen de nuevo de la normativa de cada localidad. Aproximadamente oscilan entre los 600€ en las infracciones más leves y los 6000€ para las infracciones muy graves.

Si su edificio ya ha cumplido el medio siglo de edad y aún no ha pasado el IEE sólo dispone de unos meses de plazo para realizarlo con resultado favorable. En Ingenieros Asesores podemos ayudarle con esto y con cualquier problema que aparezca en su edificación. Consúltenos sin compromiso.

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