Según el ritmo al que se iba realizando y presentando el Informe de Evaluación de Edificios de los inmuebles afectados por esta normativa en España, era previsible que se alcanzase el plazo límite fijado por el gobierno con aún muchos IEE pendientes de elaboración.
Por ello numerosas administraciones han considerado hacer efectiva una prórroga y ampliar el plazo para la presentación del informe. Por ejemplo el Principado de Asturias fija la nueva fecha límite el 31 de Diciembre de 2018.
El número de edificaciones obligadas a presentar el IEE es alto puesto que deben hacerlo todos aquellos inmuebles que ya hayan cumplido 50 años en 2013. El grueso de las construcciones implicadas están concentradas en las ciudades ya que los núcleos urbanos de las localidades españolas datan en su mayoría de antes de 1970. Una vez pasado por primera vez el IEE deberá volver a realizarse periódicamente cada 10 años a no ser que la legislación de la administración competente estime un periodo de tiempo diferente.
Hasta el año 2013 esta revisión se denominaba Inspección Técnica de Edificios (ITE). Es entonces cuando la inspección se sustituye por el IEE (Informe de Evaluación de Edificios) al aprobarse la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas. El IEE complementa y moderniza a la antigua ITE en temas como la accesibilidad y la eficiencia energética.
El IEE lo elabora un técnico independiente y cualificado mediante una inspección organoléptica, es decir, basándose únicamente en lo que el evaluador detecta por medio de sus sentidos. Dicho técnico deberá comprobar que el edificio cumple con las condiciones mínimas exigibles en tres partes diferentes:
Para poder superar el IEE con éxito debe obtenerse la calificación de favorable en los dos primeros apartados. El tercero sobre la Certificación Energética únicamente recibe una calificación no vinculante que no obliga al propietario a realizar mejoras.
Las humedades pasan por ser uno de los problemas más comunes y, no en vano, una de las peores patologías de la construcción. Junto con otro tipo de desperfectos o patologías que muestren síntomas reconocibles en una exploración superficial y que puedan representar un peligro inmediato o posibles deterioros a largo plazo son causa de obtener un resultado desfavorable en el primer apartado del IEE.
De obtener una calificación desfavorable deberá reflejarse en el informe la descripción y localización de las deficiencias encontradas, un listado de las posibles causas, las medidas preventivas ejecutadas o a ejecutar de cara a garantizar la seguridad inmediata hasta la reparación definitiva y una descripción de las intervenciones a realizar para subsanar los defectos encontrados, entre otras cosas.
En Ingenieros Asesores somos especialistas en patologías de la construcción, en la realización de inspecciones técnicas y en proyectos de rehabilitación. Si es propietario en un edificio que aún no se ha adaptado a la normativa vigente no espere más y consúltenos sin compromiso.